“La mencionada norma legal dispone que las Empresas de Transporte deben de inscribir su Nómina de Conductores, vía web, en el Registro Nacional de Conductores, que lleva adelante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)”, dijo Malca.
Agregó, que para tal efecto, el MTC ha puesto a disposición de las Empresas de Transporte de Carga, la siguiente dirección electrónica http://nomina.mtc..gob.pe/ para que las empresas de transporte y /o transportistas independientes procedan a inscribir a sus conductores.
En el caso de transporte terrestre de pasajeros, las empresas concesionarias o provisionales deberán alcanzar los documentos sustentatorios para su inscripción en el Registro Regional de Conductores. Asimismo, deben actualizar su relación nominal en caso hayan tenido variaciones de conductores
Invocó a los representantes legales y apoderados de las mencionadas empresas a acercarse a la Gerencia Regional, ubicada en Av. Moche Nº 452 – Trujillo, a fin de recabar las correspondientes claves electrónicas, las mismas que son únicas para cada transportista.
Argumentó, que incumplir la norma es una infracción tipificada como Muy Grave con multa de 0.5 de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a 1,775 nuevos soles, con interrupción de viaje
Finalmente, la gerente puntualizó, que el cumplimiento de lo dispuesto será verificado por los inspectores de la Sub Dirección de Fiscalización y Control de los Servicios de Transporte, procediendo a levantar el acta correspondiente en caso de incumplimiento.
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